Usul al Fiqh

usul alfiqh

Prólogo

 

En cuanto a un breve ensayo sobre

[Risaalah Latifah Jaami’ah fi Usulil-Fiqhil-Muhimmah, que forma parte de Manhajus-Saalikin wa Tawdihul-Fiqh bid-Din (pp.101-112)]

Toda la alabanza pertenece a Allah. Así lo alabamos por lo que Él posee desde Sus bellos Nombres bellos nombres, y elevados y perfectos atributos; y por Su Juicio y Decreto que abarca todo lo que existe; y por Sus leyes divinamente prescritas, que abarcan cada ámbito de la legislación; y Su Juicio con respecto a las recompensas para los hacedores del bien, y castigos para los criminales.

Testifico que nadie tiene derecho a ser adorado excepto Allah, quien no tiene coparticipes en Sus Nombres, Atributos o Juicio. Y testifico que Muhammad es Su siervo y Mensajero, quien aclaró el Juicio y la sentencia, aclaró lo halal (Lícito) y lo Haram (ilícito) y estableció fundamentos y expuso sobre ellos- hasta que la Religión fuera completada y firmemente establecida. ¡Oh Allah! ensalza y envía las bendiciones de paz sobre Muhammad, (y) sobre su familia, sobre sus Compañeros y sobre ésos que los siguen, especialmente los Eruditos.

A continuación: Este es un breve ensayo sobre usulul-fiqh (fundamentos de la jurisprudencia), sencillo en la redacción, claro en el significado y útil en el aprendizaje de sus sentencias para todo aquel que contempla su significado. Le pedimos a Allah que El beneficie tanto a su compilador como a su lector. En realidad Él es el Más Generoso.

 

 

Capítulo 1

 

Usulul-Fiqh: es la ciencia relativa a la evidencia global del fiqh. Desde que el fiqh consiste en [i] masa'il (asuntos) sobre los que se solicita el dictamen de una de las cinco resoluciones, o [ii] es la dala'il (evidencias) empleadas en la extracción y determinación de estos masa'il (asuntos). Así el fiqh es en realidad el conocimiento de los masa'il (asuntos) y las dala'il (evidencias).

Estas dala'il (evidencias) son de dos tipos:

 

  1. Evidencia completa que abarca cada sentencia- desde el inicio hasta el final del fiqh - de un solo tipo, como nuestro dicho: "al-amr-lil wujub" (una orden es indicativo de una obligación). O: "An - nahi lit-Tahrim" (el impedimento (condena)  es indicativo de una prohibición). Y otras evidencias semejantes. Así que estos forman parte de usulul-fiqh.

 

  1. Evidencias detalladas que han de entenderse a la luz de las evidencias más completas o amplias. De este modo, cuando se ha completado, el Ahkam (veredictos legales) pueden ser resueltos.

 

Así, el Ahkam (veredictos legales) están en necesidad de evidencias detalladas, y las evidencias detalladas tienen necesidad de evidencias completas. Así. Por ello, reconocemos la necesidad y lo necesario de conocer usulul-fiqh, y que ayuda en la comprensión del fiqh mismo, y que es la base para deducir y hacer ijtihaad (el esfuerzo intelectual) en el Ahkam (veredictos legales).

 

Capítulo 2

 

El Ahkam (veredictos legales) sobre el que gira el fiqh son cinco:

  1. Wajib (obligatorio): quien lo realiza es recompensado, mientras (que) el que lo abandona es castigado.

 

  1. Haram (prohibido): esto es lo contrario a lo obligatorio.

 

  1. Masnun (recomendado): quien lo realiza es recompensado, mientras el que lo abandona no es castigado.

 

  1. Makruh (detestable): esto es lo contrario a lo recomendado.

 

  1. Mubah (permisible): Aquí es donde ambos (hacer o abandonar) son similares.

Estos veredictos legales que son wajib (obligatorios) se dividen en dos categorías: Fard 'ayn (obligación individual) la acción que se busca de toda persona mukallaf (moralmente responsable), baligh (maduro) 'Aaqil (sana). La mayoría de los veredictos de la Shari'ah entran en esta categoría. La segunda es fard kifayah (obligación colectiva), el desempeño que se busca de la responsabilidad moral colectiva, pero no específicamente de cada individuo, tal como el aprendizaje de las distintas ramas del conocimiento útil e industrias útiles; el adhan, el ordenar lo bueno y prohibir el mal, y otros asuntos semejantes.

Estos cinco veredictos legales varían extensamente de acuerdo con su estado, sus niveles y sus efectos.

Por lo tanto, lo que es de puro o de inmenso Maslah (beneficio), entonces el Shari'ah (Legislador) ha ordenado su rendimiento ya sea con una obligación o una recomendación. Ya sea puro o de inmenso mafsadah  (daño), entonces el Legislador ha dejado de hacer ya sea con su prohibición absoluta o antipatía. Así que este asl (principio fundamental) abarca todos los asuntos ordenados prohibido por el Legislador.

En cuanto a los asuntos que el legislador ha permitido y permite, entonces, a veces conducen a lo que es bueno, y así se unen a los asuntos que se han ordenado, y en otras ocasiones conducen a lo que es malo, y así se unen a las cuestiones que están prohibidas. Así que este es un gran asl que: "Al-wasa'ilu laha ahkamul-maqasid (los métodos asumen las mismas reglas de sus objetivos)."

De esto aprendemos que: "yatimmul Maa-wayib illaa Bihi fahuwa wayib (todo lo necesario para cumplir con una obligación es en sí mismo una obligación)." Asimismo, todo lo necesario para cumplir un masnun (recomendación) es en sí mismo recomendado. Todo Lo que conduce a la creación de un haram (prohibición) es en sí misma prohibida. Y Todo lo que conduce a la creación de un acto reprochable (detestable) es en sí mismo detestado.

 

Por Shej :'Abdur-Rahmân ibn Nâsir as-Sa'dî

Tomado de: http://abdurrahman.org/aqeeda/usulFiqhSaadi.html

Traducido por: Umm Mu’adh

Revisado por: María Fernanda Novillo

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